EL AYUNTAMIENTO CUMPLE CON UNA SENTENCIA POR DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO DE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS

El Ayuntamiento de Espartinas ha pagado recientemente una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 4 de Sevilla, con fecha 18 de marzo de 2015, que le obligaba a la devolución del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) a una empresa, que solicitó en 2013 el reembolso del mismo, al no ejecutar la obra.

El ICIO es un impuesto que se cobra cuando un particular o empresa inicia las acciones para solicitar una licencia de obras. Es independiente de la tasa por expedición de licencia de obra, ya que la tasa se cobra se ejecute o no la obra, mientras que el ICIO se devenga al inicio de obras. En el caso de la condena arriba reseñada, la empresa solicitó la devolución del ICIO al no ejecutar la obra, sin embargo del Ayuntamiento de Espartinas no consideró efectuar la misma, acudiendo a los tribunales la empresa solicitante.

La sentencia de lo Contencioso-Administrativo tiene fecha del 18 de marzo de 2015, siendo por entonces el PP quien gobernaba en el Consistorio espartinero, quien no acometió la ejecución de la sentencia aún teniendo conocimiento de la misma. Ha sido un año después (14 de marzo), cuando el Ayuntamiento ha cumplido esta sentencia. Hay que apuntar que las negociaciones llevadas a cabo con el acreedor han conseguido un ahorro notable sobre el total de la condena, en beneficio de las arcas públicas.